Estudios de impacto ambiental del MARN
importante tomar nota que para guatemala:
EL ART.8 DEL DECRETO 68-86 ESTABLECE QUE “TODO PROYECTO, OBRA, INDUSTRIA O CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD” DEBE CONTAR CONTAR CON SU ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), clasifica los estudios ambientales (instrumentos ambientales) en : “A”, “B1”, “B2”, “CPGA”, “C”, “CR”; siendo “A” los proyetos que tienen mayor impacto, bajando de requisitos hasta llegar a “CR” que son los tienen menor impacto. La categoría la indica el Listado Taxactivo, de esta manera:
Los Estudios “A” Y “B1” Requieren de Consultor y se deben cotizar caso por caso ya que tienen demasiadas variables que pueden afectar el costo.
Usualmente requieren Monitoreos y Estudios Adicionales, tal como una consulta social.
Estudios “B2” Y “CPGA”, Requieren de Consultor, usualmente tienen precio estándar.
En caso de requerir monitoreos o estudios adiconales, pueden cotizarse por aparte.
Estudios “C” Y “Cr” no requieren De Consultor.
Pero requieren de criterio y documentos de carácter técnicos y legales.
En estos casos la asesoria le puede ahorrar tiempo y dinero.
A continuación (en esta pagina) se amplia la información sobre cada tipo de instrumento ambiental y al final se mostrará GRAFICAMENTE UNA explicación de como se estructuran los instrumentos AMBIENTALES (estudios ambientales).
Pero si usted TIENE UN PROYECTO Y NECESITA COTIZAR EL COSTO DE SU INSTRUMENTO AMBIENTAL, puede hacer clic en el boton:
Ahora se detallan los instrumentos ambientales de menor a mayor impacto ambiental.
Bajo impacto ambiental C y CR
Diagnostico de bajo impacto y
Formularios de registro
Estos son los instrumentos de categoría más baja, y no requieren de un consultor ambiental, sin embargo, es recomendable el apoyo de un profecional debido a que:
- Se debe consignar la información de forma correcta.
- Hay documentación de soporte que debe presentarse y debe ser consistente con la información presentada, tal como planos, documentos legales y representación.
- Se requiere gestiones y tramites en el MARN que pueden ser confusos.
Contratar un consultor en estos casos le puede ahorrar mucho dinero, en re-trabajo de documentación (especialmente planos y legal), y seguimiento ante el MARN.
MODERADO A BAJO IMPACTO AMBIENTAL c+PGA y B2
EVALUACIÓN AMBIENTAL INICIAL (EAI), DIAGNOSTICO AMBIENTAL INICIAL (DABI)
Estos instrumentos requieren de consultor ambiental. Estos usualmente consisten en varios formularios de información general y Planes de Gestión Ambiental (PGA) específicos para cada proyecto.
Para estos instrumentos, a pesar de que son de bajo a moderado impacto se deben seguir estrictos requisitos expresados en los Términos de Referencia del MARN. Estos usualmente requieren:
- Elaboración de planos de acuerdo a los requisitos del MARN.
- Elaboración de papelería legal (declaración jurada y autenticas de documentos).
- Visita técnica por parte del consultor.
- Revisión de las medidas propuestas a fin de determinar si son apropiadas.
En al caso de la categoría “C+PGA” no se requiere pagar la Licencia Ambiental y el tramite se puede dar por terminado con la Resolución Aprobatoria, en el caso del “B2” la Licencia es obligatoria y se puede pagar de 1 a 5 años.
Al momento de revisar el precio, debe considerarse la oferta debe incluir los siguientes costos:
- Ingreso del Expediente (pago al MARN).
- Documentos legales.
- Planos.
- Gestión de la licencia (posterior a la resolución).
- Estudios adicionales (aguas, aire, etc).
En nuestros precios siempre consignamos los gastos que son facturados y todo lo que se incluye por el precio. También indicamos si hay otros gastos que deben ser cubiertos por el cliente (proponente).
Si tiene muchos proyectos, se puede hacer un precio especial por paquete.
ALTO y MODERADO IMPACTO AMBIENTAL A y B1
Estudio de impacto ambiental
Diagnostico ambiental
En el caso de los Estudios de Impacto Ambiental, el proceso requiere de realizar instrumentos de participación social, entre otros.
También, según la naturaleza del proyecto, se pueden requerir monitoreos de calidad de aire (PM 10, PM 2.5, NOx, SOx entre otros), o de caracterizaciones de aguas residuales.
Estos estudios generalmente requieren un staff conformado por varios profesionales en distintas ramas.
Para hacer este tipo de instrumentos, se requiere, que el consultor tenga licencia tipo “B” o empresa consultora con licencia tipo “A”. Estos estudios se cotizan a la medida, ya que cada proyecto es único y requiere consideraciones especiales. Por ejemplo, una minera tendrá un costeo muy diferente a una fabrica, o que un proyecto agricola.
SOBRE LOS REQUISITOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y LOS INSTRUMENTOS AMBIENTALES
El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), determina que todo proyecto, obra, industria o actividad debe contar con su respectivo instrumento ambiental.
La base legal es el Decreto 68-86, el Acuerdo Gubernativo 137-2018 y su reforma en el Acuerdo Gubernativo 199-2018.
Según las características del proyecto, las obras se pueden listar desde bajo impacto ambiental (por ejemplo una oficina), hasta alto impacto ambiental (por ejemplo minería o mega proyectos). Independientemente de la categoría los instrumentos ambientales se pueden dividir en instrumentos CORRECTIVOS y PREDICTIVOS. Ambos tipos de instrumentos cuentan con similitudes, pero en el caso de los correctivos se debe pagar una multa.
INSTRUMENTOS AMBIENTALES PREDICTIVOS
- Evaluación Ambiental Inicial (EAI)
- Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)
INSTRUMENTOS AMBIENTALES correctivos
- Diagnostico Ambiental de Bajo Impacto (DABI)
- Diagnostico Ambiental (DA)
LISTADO TAXATIVO, LA HERRAMIENTA QUE PERMITE DETERMINAR QUE CATEGORÍA ES SU ESTUDIO O INSTRUMENTO AMBIENTAL
Para saber que categoría es su proyecto, el MARN ha creado un documento llamado “LISTADO TAXACTIVO” que es un listado que engloba la mayor parte de las actividades económicas.
Una copia del listado taxativo se puede encontrar en la pagina de información de utilidad.